El invento de la Casa de Contratación de Indias




Casa de Contratación de Indias
Casa de Contratación de Indias, organismo español de carácter colonial, su función era la de controlar el comercio con los territorios bajo soberanía hispana en las Indias, y estuvo en vigor desde 1503 hasta 1790.
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ORGANIZACIÓN DE LA CASA DE CONTRATACIÓN
Fundada por los Reyes Católicos el 20 de enero de 1503, su sede fue, hasta 1717 (en que se trasladó a Cádiz), el Cuerpo de los Almirantes del Alcázar Viejo de Sevilla. Como antecedente, cabe citar un organismo portugués destinado a centralizar el tráfico mercantil y la administración ultramarina: la Casa da Índia, fundada en 1499 en Lisboa.
Las Capitulaciones de Santa Fe (firmadas el 17 de abril de 1492) establecieron un monopolio compartido entre Cristóbal Colón y los Reyes Católicos que, al poco tiempo, dejó de funcionar. Por esta razón, se hizo necesaria una institución que controlara y monopolizara todo lo relativo a las Indias, al “trato” y “contrato”, se decía, con las nuevas tierras descubiertas. La Casa de Contratación, que en principio intentó monopolizar el comercio con las nuevas tierras, se vio desbordada por la rápida extensión del ámbito americano y pasó a ser el órgano competente en la inspección y control del movimiento de personas y mercancías, tanto en el aspecto fiscal (pago de impuestos), como en el técnico (cartas de navegación o formación de pilotos). La reglamentación de la Casa de Contratación se hizo mediante reales ordenanzas, dictándose las primeras en 1503 y rectificándose y ampliándose en 1510, 1531 y 1571. En las ordenanzas de 1503 se estableció la dotación de tres oficiales al servicio de la Casa: el factor, encargado de despachar y organizar; el tesorero, que recibía mercancías y dineros; y el contador o escribano, cuyo cometido era llevar los libros para asentar todo lo que el factor despachara y el tesorero recibiera.
En las ordenanzas de 1510 se detallaron los diversos libros que debían llevar los oficiales: el de asiento de salidas y entradas de bienes reales, el de registro de material destinado a las flotas, el de compras de materiales, el destinado a consignar los bienes de difuntos habidos en Indias o en las flotas, el de asiento de todas las cuentas que le remita el almirante y el de registro de las licencias de pasajeros (que suponía una determinada regulación del proceso de la emigración española a las Indias). Con el paso del tiempo, y a medida que el comercio con América adquiría mayor complejidad, surgió la necesidad de nombrar nuevos funcionarios, como el proveedor general de la Armada, el correo mayor, el artillero mayor y los visitadores de navíos.
En 1557, se instituyó el cargo de presidente de la Casa de Contratación como autoridad máxima de ese organismo, con la misión de organizar el trabajo de todos los funcionarios y velar por su fiel cumplimiento. Los oficiales de la Casa tenían también un cometido jurídico, aunque referido sólo a los asuntos comerciales relacionados con las Indias. En 1510, se nombró un juez letrado. La administración de justicia dio origen a nuevos cargos: un fiscal (1546) y un juez asesor (1553). Los asuntos de mayor entidad debía revisarlos y fallarlos el Consejo de Indias, creado en 1524, y al que sucedió la Secretaría de Marina e Indias, a principios del siglo XVIII, y posteriormente el Ministerio de Ultramar, ya en el siglo XIX. En 1583, se creó la Sala de Justicia dentro de la Casa de Contratación; se separaba así las funciones administrativa y fiscal de la judicial. En 1529, se creó el Tribunal de la Avería, fondo destinado a sufragar los gastos que originaba la protección armada de los buques mercantes.
Otra de las funciones fundamentales de la Casa fue el control y apoyo técnico a la navegación. Se creó el cargo de piloto mayor, que desempeñaron personajes tan insignes como Américo Vespucio (el primer piloto mayor, designado en 1508), Juan Díaz de Solís o Sebastiano Caboto. Además, se creó una oficina hidrográfica que puso en marcha la escuela de navegación, responsable de la formación y examen de los pilotos, y que se ocupó también de la construcción y reparación de los instrumentos náuticos y del registro de los nuevos descubrimientos en un mapa, el Padrón Real. Cualquier nave que se dispusiera a cruzar los océanos debía solicitar la correspondiente licencia y comprar las cartas de navegación.
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EL FINAL DE LA CASA DE CONTRATACIÓN
Casa de Contratación de Indias
La fotografía muestra una vista de la fachada del edificio donde se encuentra en la actualidad el Archivo General de Indias (Sevilla, España), que antiguamente albergó a la Casa de Contratación de Indias, el organismo que se encargó de controlar el comercio español con sus colonias americanas desde principios del siglo XVI hasta finales del siglo XVIII.

Durante más de dos siglos (hasta 1717), la sede de la Casa, que disponía del monopolio del tráfico con América, permaneció en Sevilla. Sin embargo, el puerto fluvial sevillano sobre el río Guadalquivir presentaba dificultades de calado para los buques de gran tonelaje que justificaron que se autorizase la carga y descarga en Cádiz, lo que propició el contrabando. Por ello, en 1535, se instituyó en Cádiz el Juzgado de Indias, integrado por un juez oficial y tres delegados de la Casa de Contratación, que controlaban el tráfico mercantil. En 1717, y por la aplicación de la política reformista de la dinastía de Borbón, se produjo un cambio de ubicación de las sedes: la Casa de Contratación se establecía en Cádiz y el Juzgado de Indias pasaba a Sevilla. La etapa gaditana de la Casa estuvo caracterizada por una continua decadencia, a causa de la sustitución del régimen de monopolio por el de libre comercio. En 1790, se suprimió definitivamente la Casa de Contratación.

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