El invento del Constitucionalismo mexicano
Constitucionalismo
mexicano, proceso seguido por el Estado mexicano para crear las
leyes que han configurado históricamente su ordenamiento constitucional.
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ANTECEDENTES
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José María Morelos
y Pavón
La Constitución de Apatzingán,
la primera ley fundamental redactada en México, sancionada en 1814, tuvo en el
sacerdote e insurgente José María Morelos y Pavón a su principal inspirador.
Éste se había convertido en el caudillo de la emancipación mexicana tras la
ejecución de Miguel Hidalgo y Costilla en 1811. Fue capturado por los españoles
en noviembre de 1815 y fusilado.
Los antecedentes constitucionales
en México se inician con la española Constitución de Cádiz de 1812, vigente en el
país por dos periodos. Posteriormente, la Constitución de Apatzingán,
sancionada en esa población el 22 de octubre de 1814, fue la primera ley
fundamental redactada en el país, resultado del Congreso de Chilpancingo. Se
atribuye a José María Morelos y Pavón la inspiración de este ordenamiento
liberal que, debido a la guerra de Independencia respecto de España, no entró
en vigor. La inestabilidad económica, política y social que caracterizó la vida
del país durante el siglo XIX, originó que México tuviera seis constituciones
en ese periodo. De ellas, tres son federalistas: la Constitución de 1824, el
acta Constitutiva y de Reformas de 1847 y la Constitución de 1857. Las
constituciones centralistas son, por su parte, la conocida con el nombre de
Siete Leyes de 1836 y la llamada Bases para la Organización de la República, de
1843. De otro lado, el Estatuto del Imperio (1865) puede ser considerado,
aunque no pasó de un proyecto constitucional, como la sexta constitución
mexicana del siglo XIX.
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CONSTITUCIÓN DE
1824
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Fue el primer ordenamiento
jurídico en forma que estuvo en vigor en la época independiente de México.
Estableció un gobierno republicano, representativo y federal. Gran parte de
este ordenamiento se inspiró en la Constitución española de 1812 redactada y
aprobada por las Cortes de Cádiz. Sin embargo, en lo concerniente a la
distribución de la representatividad, tomó lo expuesto en la Constitución
estadounidense. Así, la Cámara de Senadores, órgano para representar a los
estados, se formó con dos senadores por entidad; en tanto que la de Diputados,
representante de la población, se integró con un diputado por cada ochenta mil
habitantes. Cada estado elegía sus gobernadores y legislaturas, cobraba sus
impuestos y contribuía para sostener al gobierno federal con una cantidad fija,
que variaba según la población y riqueza de cada estado. Esto provocó que el
nuevo gobierno fuera económicamente débil. El proyecto jurídico comenzó a
discutirse el 1 de abril de 1824 y se aprobó el 3 de octubre de ese año, con el
nombre de Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. Se mantuvo en
vigor hasta 1835 sin registrar enmiendas.
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LAS SIETE LEYES
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El 30 de diciembre de
1836, el Congreso sustituyó la Constitución de 1824 por las denominadas Siete Leyes,
que suprimieron el sistema federal estableciendo una república central. Además,
instituyó, por encima de los tres poderes, el llamado Supremo Poder
Conservador. Con este cuerpo de leyes se restringieron las libertades de la
mayoría de la población, privilegiando a los grupos más poderosos en lo
económico y político. Durante la vigencia de esta Constitución se produjo la
separación de Texas.
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BASES ORGÁNICAS O
BASES DE LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA MEXICANA
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Con este ordenamiento
jurídico se organizó la nación en República centralista y se abrogó el Supremo
Poder Conservador, dividiéndose el poder público en legislativo, ejecutivo y
judicial. Se garantizó la igualdad, libertad y seguridad jurídica para todos
los ciudadanos. Se aprobó el 14 de junio de 1843 y tuvo vigencia poco más de
tres años.
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ACTA CONSTITUTIVA Y
DE REFORMAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
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Mediante su aplicación
se restauró el sistema federal de gobierno y se declaró vigente, con algunas reformas,
la Constitución de 1824. Fue aprobada el 21 de mayo de 1847.
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CONSTITUCIÓN DE
1857
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Benito Juárez
La Constitución
promulgada el 11 de marzo de 1857 implantó el federalismo y el establecimiento de
una república representativa basada en la defensa de las garantías
individuales. Pero cuando nueve meses después el general Félix María Zuloaga se
pronunció en contra de ella, y dio comienzo la guerra de Reforma, el orden
constitucional estuvo suspendido. En 1861, con el triunfo liberal de Benito
Juárez y el añadido de las Leyes de Reforma de 1859, se aplicó por un breve
plazo hasta la Intervención francesa de 1862. Cinco años más tarde, volvió a
entrar en vigor. Hijo de campesinos zapotecas, Benito Juárez nació en 1806. Era
presidente de la Suprema Corte de Justicia cuando el 19 de enero de 1858 asumió
la presidencia provisional de la República para oponerse al pronunciamiento de
Zuloaga. Vencedor de la guerra de Reforma, en 1861 fue elegido presidente constitucional.
El archiduque de Austria, impuesto por el emperador francés Napoleón III a
petición de los sectores monárquicos mexicanos, se convirtió en emperador de
México en 1864 con el nombre de Maximiliano I. Tras la derrota imperial en
1867, Juárez resultó reelegido presidente, iniciándose así la restauración de
la República. Falleció en 1872.
Esta Carta política destacó
los derechos del hombre como la base de las instituciones, la libertad y la
igualdad de todos ante la ley. Consagró las libertades de enseñanza, trabajo,
pensamiento, petición, asociación, comercio e imprenta. Implantó el federalismo
y el establecimiento de una república representativa. Depositó el poder
ejecutivo en un solo individuo. Su división política se estructuró en veinticinco
estados, un territorio y un distrito federal. Esta Constitución no difirió
mucho de la promulgada en 1824 en cuanto a la organización del Estado y su
pronunciamiento fundamental fue en favor de las garantías individuales. Se
promulgó el 11 de marzo de 1857. Sin embargo, el 17 de diciembre de ese año, el
general Félix María Zuloaga se pronunció en contra de ella, iniciándose la
guerra de Reforma, o de los Tres Años, lapso en el cual estuvo suspendido el
orden constitucional. En 1861, con el triunfo de los liberales, se aplicó por
un breve plazo, para invalidarse con la Intervención francesa en 1862. Fue
hasta la Restauración de la República en 1867, cuando se aplicó cabalmente este
ordenamiento. Conviene señalar que a su clausulado original se añadieron las Leyes
de Reforma de 1859, que nacionalizaron los bienes eclesiásticos, suprimieron la
propiedad comunal de los indígenas y establecieron la tolerancia de cultos, el
matrimonio, el registro civil y la secularización de los cementerios.
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ESTATUTO DEL
IMPERIO
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El 10 de abril de 1865
expidió el emperador Maximiliano I el Estatuto Provisional del Imperio
Mexicano, que en cierta forma anticipó un proyecto de constitución, sin llegar
a establecer un régimen constitucional, y depositó en el Emperador la soberanía.
Su vigencia fue casi nula.
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CONSTITUCIÓN DE
1917
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Este magno cuerpo de leyes,
producto de la Revolución Mexicana, conservó las garantías individuales
establecidas en la Constitución liberal de 1857. La forma de gobierno continuó siendo
republicana, representativa, democrática y federal. Se mantuvo la división de
poderes en legislativo, ejecutivo y judicial. El primero, subdividido en dos
cámaras: una de diputados y otra de senadores, elegidos directamente por el
pueblo. El presidente de la República sería escogido por votación directa y
duraría en el cargo cuatro años (en virtud de una reforma, ampliado luego a
seis), sin que pudiera ser reelecto. Además, en su articulado se incluyeron dos
secciones novedosas: las correspondientes a los derechos agrarios y a los
derechos de los trabajadores, ambos colectivos y no individuales. Se promulgó
el 5 de febrero de 1917 y entró en vigor el 1 de mayo del mismo año. Es la
única constitución que ha tenido México en el siglo XX.
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